¡Atención! Corte Suprema revoca absolución y condena a más de 20 años de prisión a dos sacerdotes hermanos que abusaron de un acólito durante 15 años

¡Atención! Corte Suprema revoca absolución y condena a más de 20 años de prisión a dos sacerdotes hermanos que abusaron de un acólito durante 15 años

Minuto30.com .- La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución de dos sacerdotes y en su lugar los condenó por acceso carnal violento agravado, en un concurso homogéneo y sucesivo.

Los hechos están relacionados con los abusos perpetrados en San José del Guaviare contra un menor de edad por parte de los dos sacerdotes hermanos, quienes fueron amenazados con suspender la entrega de ayuda económica o causar daños físicos a sus familiares y a él mismo. El abuso duró 16 años.

Los imputados fueron absueltos en primera instancia, y al resolver el recurso de apelación, la Corte Superior de Bogotá confirmó la absolución de uno y, en el caso del segundo, modificó la calificación jurídica a acceso carnal abusivo agravado por menor de catorce años, y declaró la prescripción.

Luego de estudiar el recurso de apelación, la Sala Penal los condenó por el delito de acceso carnal violento agravado en concurso homogéneo y sucesivo, e impuso pena de 252 meses de prisión a Jaime Alonso Vásquez Bustamante y de 246 meses de prisión a Carlos Fernando Vásquez Bustamante. Ordenó su captura inmediata y determinó que el Inpec establecería su lugar de reclusión.

La Sala consideró que el Tribunal cometió errores que constituyeron un razonamiento falso.

Valoró el testimonio de la víctima con base en exigencias probatorias y patrones de conducta estereotipados ya superados por la jurisprudencia, y otorgó a los peritajes un alcance demostrativo que excedió su capacidad probatoria. Se evidenció en el caso un patrón consciente compartido por los acusados, “mediante el cual prescindieron de cualquier consideración, no sólo respecto de los deberes inherentes al ejercicio del sacerdocio, sino también respecto del deber de respeto a la confianza que propios y extraños depositaban en ellos.

Y cuestionó que la condición de clérigos que ostentaban los imputados permitiera configurar una relación de poder desigual, que se traducía en el ejercicio de ascendencia y autoridad no sólo sobre la víctima, sino también sobre sus allegados. Esta autoridad facilitó la configuración de una relación asimétrica, que se tradujo en mecanismos de coerción y la instrumentalización de la ayuda económica como medio de subordinación.

La Sala dijo que el cumplimiento inmediato de la sentencia ratifica el compromiso del Estado con la garantía efectiva de derechos jurídicos especialmente sensibles y con la protección de los derechos de quienes los ven vulnerados, toda vez que los hechos juzgados involucraron un ataque grave y sistemático contra la sexualidad, la libertad y la dignidad de un ser humano que mostró una limitada capacidad de autoprotección.

Ver sentencia SP194-2026

Fuente Principal

Facebook
Twitter
LinkedIn